Residencia para un Familiar de un
Residente Permanente de los Estados Unidos
Para
promover
la
unidad
familiar,
la
ley
de
inmigración
permite
a
los
residentes
permanentes
de
los
Estados
Unidos
(titulares
de
Tarjeta
Verde)
solicitar
que
ciertos
familiares
elegibles
vengan
y
vivan
en
forma
permanente
en
los
Estados
Unidos.
Un
residente
permanente
puede
solicitar
que
su
cónyuge
e
hijo(s)
soltero(s)
de
cualquier
edad
inmigren
a
los Estados Unidos.
El
Congreso
ha
limitado
el
número
de
familiares
que
pueden
inmigrar
anualmente
bajo
estas
categorías,
lo
que
significa
que
generalmente
hay
un
período
de
espera
antes
de
que
esté
disponible
un
número
de
visa
de
inmigrante.
Si
su
relación
familiar
le
cualifica
como
un
familiar
elegible
de
un
residente
permanente
de
los
EE.UU,
entonces
usted
está
en
lo
que
se
llama “categoría preferencial de familia.”
Esta
página
discute
los
pasos
requeridos
para
obtener
la
Tarjeta
Verde
para
los
familiares
de
un
residente
permanente
(en
una
categoría
familiar
de segunda preferencia).
Obtenga la Tarjeta Verde mientras se encuentra en los Estados Unidos
Si
actualmente
se
encuentra
en
los
Estados
Unidos
y
es
familiar
de
un
residente
permanente
dentro
de
las
categorías
especificadas,
podría
obtener la residencia permanente en dos pasos.
Paso
Uno-
Su
familiar
con
residencia
permanente
debe
presentar
el
Formulario
I-130,
Petición
para
un
Familiar
Extranjero,
para
usted
y
el
mismo
debe
aprobarse.
Debe
esperar
que
se
actualice
la
fecha
de
prioridad
en
su
categoría
de
visa
de
inmigrante.
Su
fecha
de
prioridad
es
la
fecha
en
que
fue
presentado
correctamente
el
Formulario
I-130
(con
la
tarifa
correcta
y
firma)
en
su
nombre
por
su
familiar
con
residencia
permanente
en
los
EE.UU.
Si
desea
más
información
acerca
de
las
fechas
de
prioridad,
seleccione
el
enlace
“Disponibilidad
de
visas
y
fechas
de prioridad”, bajo “Trámite y procedimientos para la Tarjeta Verde”
Paso
Dos
–
Una
vez
que
se
haya
actualizado
la
fecha
de
prioridad
para
su
categoría
de
visa,
usted
podrá
solicitar
un
ajuste
de
estatus
presentando
el
Formulario
I-485,
Solicitud
de
Registro
de
Residencia
Permanente
o
Ajuste
de
Estatus.
El
Ajuste
de
Estatus
es
el
procedimiento
que
debe
seguir
para
volverse
residente
permanente.
Si
desea
más
información,
vaya
al
enlace
“Ajuste
de
Estatus”
y
el
enlace
“Trámite y procedimientos para la Tarjeta Verde”.
Obtenga la Tarjeta Verde si está fuera de los Estados Unidos
Si
actualmente
está
fuera
de
los
Estados
Unidos
y
es
familiar
de
un
residente
permanente
dentro
de
las
categorías
elegibles
especificadas,
podrá
obtener
la
residencia
permanente
mediante
un
trámite
consular.
Este
trámite
es
cuando
USCIS
trabaja
con
el
Departamento
de
Estado
de
los
EE.UU.
para
la
emisión
de
la
visa
basada
en
la
aprobación
de
un
Formulario
I-130,
cuando
hay
una
visa
disponible.
En
este
procedimiento
el
Departamento
de
Estado
le
emitirá
su
visa.
Si
se
aprueba,
entonces
podrá
viajar
con
la
visa
y
oficialmente
se
convertirá
en
residente
permanente
cuando
sea
admitido
en
un
puerto
de
entrada
de
los
EE.UU.
Para
más
información
sobre
el
trámite
consular
para
familiares
de
un
residente
permanente
con
una
categoría
de
preferencia,
consulte
los
enlaces bajo “Trámite y procedimientos para la Tarjeta Verde”.
Lo que debe tener en cuenta:
Al
cumplir
21
años
de
edad.
Si
es
hijo/a
soltero
de
un
residente
permanente,
cumplir
21
años
de
edad
puede
retrasar
el
proceso
para
obtener
la
residencia
permanente
o
una
visa
de
inmigrante.
Ya
no
cualificará
como
un
“Hijo/a
menor
de
edad
soltero
de
un
residente
permanente
legal”
(F2A)
y
cambiará
su
estatus
a
la
categoría
de
“Hijo/a
soltero
de
un
residente
permanente
legal
(F2B).”
Este
cambio
de
categorías
puede
ocasionar
un
retraso
significativo
en
la
disponibilidad
de
su
visa
de
inmigrante.
Si
desea
más
información
acerca
de
las
fechas
de
prioridad,
seleccione
el
enlace
“Disponibilidad
de
visas
y
fechas
de
prioridad” bajo “Trámite y procedimientos para la Tarjeta Verde”
Ley
de
Protección
del
Estatus
del
Menor
(CSPA,
por
sus
siglas
en
inglés).
En
ciertos
casos,
la
CSPA
puede
permitirle
retener
la
clasificación
de
“menor”
de
edad
aún
si
ha
cumplido
21
años.
Para
determinar
si
le
aplica
la
Ley
de
Protección
del
Estatus
para
Menores
(CSPA),
consulte
el
enlace
“Ley
de
Protección
de
Estatus
del
Menor”
bajo
“Trámite
y
procedimientos para la Tarjeta Verde”
Al
casarse.
Si
usted
es
hijo(a)
soltero(a)
de
un
residente
permanente
y
se
casa
antes
de
convertirse
en
residente
permanente,
ya
no
cualificará
para
la
residencia
permanente
a
través
del
familiar
que
es
residente
permanente.
No
existe
una
categoría
de
visa
para
un
hijo
casado
de
un
residente
permanente.
Nota:
Deberá
notificarle
al
USCIS
de
cualquier
cambio
en
su
estatus
marital
después
de
haber
presentado
el
Formulario
I-130
para
usted
y
antes
de
volverse
residente
permanente
o
de
obtener
una visa de inmigrante
El
familiar
con
residencia
permanente
obtiene
la
ciudadanía
estadounidense.
Si
el
familiar
con
residencia
permanente
que
hizo
la
solicitud
para
usted
obtiene
la
ciudadanía
estadounidense,
su
categoría
preferencial
cambiará
y
la
visa
podría
estar
disponible
más
rápido.
Esto
se
debe
a
que
usted
ahora
obtendrá
la
Tarjeta
Verde
como
familiar
de
un
ciudadano
americano.
Si
desea
más
información
sobre
cómo
tramitar
la
Tarjeta
Verde
a
través
de
un
familiar
que
es
ciudadano
estadounidense,
consulte
los
enlaces
“Tarjeta
Verde
para
un
familiar
de
un
ciudadano
estadounidense”
y
“Tarjeta
verde
para
un
familiar
directo
de
un
ciudadano
de los EE.UU”, bajo “Tarjeta verde a través de la Familia”
Categoria Residencia F2A, F2B